Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples en 2022: cuantías y requisitos | El Correo

2022-03-18 03:53:28 By : Ms. Yanli Dong

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Con el cambio de año muchos precios, tasas, subsidios, prestaciones o indicadores son actualizados y revisados. Entre estos últimos se encuentran el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem). El primero de ellos fija la cuantía mínima retribuida que debe percibir cualquier trabajador por cuenta ajena, y se mantiene en la cuantía aprobada el pasado septiembre (965 euros mensuales).

Por su parte, el Iprem sube un 2,5% en este 2022. Se trata de un indicador tan importante como desconocido, que en 2004 sustituyó el SMI como referencia para la concesión de prestaciones y ayudas dirigidas a la población más vulnerable: bono social eléctrico, solicitud de becas, ayudas para la vivienda, acceso a diferentes prestaciones sociales, etc.

Con el incremento del 2,5%, recogido en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2022, las cuantías del Iprem quedan de la siguiente manera:

-Iprem en cómputo anual (aquí se incluye el prorrateo de las pagas extraordinarias): 8.106,28 euros.

Desde la aparición del Iprem, el SMI ha quedado restringido al ámbito laboral. A finales del pasado año el Gobierno aprobó prorrogar las cantidades vigentes desde septiembre: 965 euros al mes, repartido en 14 pagas. Esto no significa que durante todo este año el SMI vaya a permanecer inalterado. La prórroga supone un trámite que era necesario realizar antes de que acabara 2021 para no poner en riesgo «la sguridad jurídica» de los beneficiarios.

El objetivo del Gobierno es pactar con los agentes sociales una nueva subida que tendría carácter retroactivo al mes de enero. El Ejecutivo de Pedro Sánchez decidió el pasado mes de septiembre elevar de forma mínima el SMI (un 1,57%, apenas 15 euros más) bajo la promesa de aumentarlo este mismo año hasta los 1.000 euros. Se trata de un compromiso adquirido con los sindicatos en el empeño de que al final de la legislatura el SMI se sitúe en el 60% del salario medio, tal y como se recomienda en la Carta Social europea. Para diseñar la ruta a seguir en pos de este objetivo, el Ministerio de Trabajo ha creado una comisión de expertos encargada de fijar la evolución del indicador.

El SMI se computa sólo como retribución en dinero. De ahí que el salario en especie -seguro médico, cheques de guardería o restaurante, ayudas para el transporte, etc.- nunca puede conllevar una reducción en la cuantía del salario mínimo. Además se refiere a la jornada legal de trabajo a tiempo completo, sin incluir -en el caso del salario diario- la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se trabajase en una jornada inferior, se percibirá prorrateado.

De momento, las cuantías del SMI son las siguientes:

-SMI en cómputo anual: 13.510 euros en 14 pagas.

-Para las personas empleadas de hogar que trabajan por horas, el SMI por hora efectivamente trabajada -incluye todos los conceptos retributivos, prorrata de pagas extra y vacaciones- queda en 7,55 euros.